Una Asociación Solidarista, al declarar los beneficiarios finales, debe presentar información sobre sus datos identificativos, objetivos, estructura de control y, en algunos casos, detalles de ingresos y egresos, así como datos de sus donantes y destinatarios de beneficios. 


Detalles específicos de la información a presentar:

  • Datos identificativos de la organización:
  • Nombre completo, número de cédula jurídica, dirección, fecha de constitución, entre otros. 
  • Propósito y objetivos de la organización:
  • Declarar las actividades que realiza y los objetivos que persigue. 
  • Datos de la estructura de control:
  • Identificar a los miembros de la junta directiva, directores, consejo de administración o cuerpo gerencial. 
  • Detalle de los donantes y destinatarios de beneficios (si aplica):
  • En el caso de las asociaciones solidaristas, se puede requerir información sobre donantes que hayan aportado montos iguales o mayores a un salario base anual, así como sobre los destinatarios de las donaciones o beneficios. 
  • Detalle de ingresos y egresos (si aplica):
  • Aportar información sobre los ingresos y egresos de la organización, generalmente a través del "Estado de Resultados", el "Balance de Comprobación" o un auxiliar que detalle los montos anuales. 


Importante: La presentación de la información se realiza en el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF). Es fundamental que la información presentada sea correcta y esté actualizada para cumplir con la normativa legal. 


Como parte de la implementación de la Ley para mejorar la lucha contra el fraude fiscal (Ley No. 9416). Esta declaración debe presentarse en el sistema Central Directo utilizando la firma digital del representante legal o un apoderado. La primera declaración debía ser presentada en octubre de 2024, y las declaraciones ordinarias de 2025 se pueden presentar a partir de abril. 


No obstante, la Resolución RTBF N° MH-DGT-RES-0020-2024 / DG-336-2024, publicada el pasado viernes 9 de mayo 2025, la cual requiere que las organizaciones sin fines de lucro que presenten la declaración ordinaria del RTBF, a partir del 01 de julio al 31 de julio del 2025, cuando hayan actualizado su personería jurídica ante el Ministerio de Trabajo.