La Ley 8262: De Fortalecimiento a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa tiene como objetivos:
- Fomentar el desarrollo integral de las PYME.
- Establecer la organización institucional de apoyo a las PYME.
- Promover el establecimiento de condiciones de apoyo a las PYME similares a las de otros países.
- Procurar la formación de mercados altamente competitivos (apoyo y creación de PYME).
- Inducir el establecimiento de mejores condiciones del entorno institucional.
- Facilitar el acceso de las PYME a mercados de bienes y servicios.
Dentro de los beneficios de tener la condición PYME se encuentra:
I. Mecanismos de apoyo, Ley N°8262
- Programa de Compras Públicas.
- Servicios de desarrollo empresarial.
- FODEMIPYME.
- PROPYME.
II. Acceso a financiamiento
- FODEMIPYME.
- PROPYME.
- Sistema de Banca para el Desarrollo.
- Fondos de capital semilla 5. Otros fondos
III. Exoneraciones e incentivos
- Exoneración impuesto personas jurídicas.
- Exoneración del IVA (alquileres).
- Exoneración escalonada impuesto a las utilidades -micro y pequeña empresa.
- Exención parcial CCSS.
- Tarifa $20 a microempresas en PSF Ministerio de Salud.
- Descuento de 80% en registros sanitarios de productos para microempresas.
- Pago diferenciado $5 en registro para gestores de residuos.
- Permiso para microempresas para operar en casas de habitación, hasta por 5 años (decreto 43432-S)
IV. Otros
- Constancia gratuita de condición PYME.
- Sello PYME.
- Tarifa preferencial en revalidación CFIA.
- 50% certificaciones GS1.
- 25% descuento en tarifa PYMExpress
- Exoneración 3 años certificación drones Aviación Civil.
- Tarifas de afiliación diferenciadas ante CANATUR.
- Ley N°9728, EDUCACIÓN Y FORMACIÓN TÉCNICA DUAL exoneración en aporte mensual al Fondo especial de becas del INA.
- Tarifa preferencial en Correos de Costa Rica
¿Cómo se aplican los beneficios fiscales ?
Ley N°9428, artículo 16 Estarán exonerados los contribuyentes que se encuentren realizando actividades productivas de carácter permanente, clasificadas como micro y pequeñas empresas e inscritas como tales en el registro que al efecto lleva el MEIC.
Requisitos MEIC
Ante el MEIC, es necesario que la empresa se encuentre al día al 1º de diciembre de cada año.
El cobro se realiza a partir del 1° de enero de cada año
Se solicitan al correo: siec@meic.go.cr
Si desea ampliar contáctenos : https://www.alejandrolopez.cr/contacteme